Apreciados clientes,

Les informamos de que a partir del 16 de Octubre de 2019 y en cumplimiento de la orden APA/1076/2018 todo embalaje de madera con destino Canarias, independientemente de su origen, deberá someterse a uno de los tratamientos que se especifican en la Norma Internacional para medidas Fitosanitarias (NIMF nº15) y deberán llevar la marca que garantiza que han sido sometidos a uno de ellos.

Esta normativa afecta a todo tipo de madera de espesor superior a 6 milímetros (cajones, cajas, palets,… utilizados o no para el transporte de mercancías de todo tipo ).

Se excluye del ámbito de aplicación de la normativa: la madera en bruto de un grosor igual o inferior a 6 mm; el embalaje de madera fabricado en su totalidad de material sometida a procesamiento.

En caso de no cumplir la NIMF nº15, el Servicio de Inspección en Frontera de Sanidad Vegetal puede adoptar las medidas que considere oportunas, entre ellas la destrucción o reexportación de la mercancía, siendo responsable de los gastos y las medidas legales/penales oportunas, así como de posibles sanciones a quien envíe la mercancía y en ningún caso a la empresa de transporte.

Rogamos tengan en cuenta lo expuesto anteriormente y se aseguren de que sus cargas se adaptan a los nuevos requisitos.

Atentamente,

Manuel Sáez